Documentos ético-científicos
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Lineamientos para la evaluación ética de la investigación en ciencias sociales y humanidades (ANID, 2017).
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Participantes de investigación científica en situación de vulnerabilidad: desafíos y resguardos especiales (ANID, ex CONICYT, 2013).
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Protección de las personas en la investigación científica (ANID, ex CONICYT, 2011).
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Recopilación Internacional de Estándares de Investigación en Seres Humanos (en Inglés).
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Declaración de Helsinki (actualizada a 2024), de la Asociación Médica Mundial, sobre principios éticos para las investigaciones médicas en participantes humanos. Nota: traducción preliminar al idioma castellano.
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Código Sanitario para Animales Terrestres (Organización Mundial de Sanidad Animal, 2024).
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Código Sanitario para los Animales Acuáticos (Organización Mundial de Sanidad Animal, 2024).
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Manual de las Pruebas de Diagnóstico y de las Vacunas para los Animales Terrestres (Organización Mundial de Sanidad Animal, 12a. edición, 2023).
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Manual de las Pruebas de Diagnóstico para los Animales Acuáticos (Organización Mundial de Sanidad Animal, 10a. edición, 2023).
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Pautas Internacionales para la Evaluación Ética de los Estudios Epidemiológicos (CIOMS, 1991).
- Contraloría General de la República. (8 de febrero de 2022). Dictamen N° 183.251-2022. Rol preventivo de los comités ético-científicos, deber de denuncia.
- Contraloría General de la República. (7 de enero de 2019). Dictamen N° 278-2019. No se advierte irregularidad en que un proyecto de investigación biomédica haya sido informado favorablemente por un comité ético científico que no pertenece al territorio donde aquel se implementó.
- Contraloría General de la República. (14 de enero de 2016). Dictamen N° 3.421-2016. Los antecedentes contenidos en una ficha clínica constituyen datos sensibles cuyo acceso sólo está permitido en los casos previstos por la ley.
- Contraloría General de la República. (2 de abril de 2013). Dictamen N° 19.652-2013. Sobre los sujetos autorizados a acceder a la ficha clínica de un paciente.
- Contraloría General de la República. (24 de abril de 2009). Dictamen N° 21.456-2009. Toda investigación científica en un ser humano deberá contar con su consentimiento previo, expreso, libre e informado o el de aquel que deba suplir su voluntad según la ley, quien, tratándose de menores de edad, será generalmente, uno o ambos padres. Por ello, alumnos de establecimiento educacional sólo pueden ser sometidos a vacunación experimental, con dicho consentimiento. No procede que Contraloría se pronuncie sobre la participación de una corporación municipal para el desarrollo social, en un proyecto en que se prueba una nueva vacuna contra la meningitis, pues dichas corporaciones son entidades de derecho privado sin fines de lucro, y sólo están sometidas a fiscalización de Contraloría para verificar la correcta utilización de las subvenciones o aportes del Estado en el cumplimiento del fin específico y determinado de tales fondos públicos y acerca del uso y destino de sus recursos, respectivamente.